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jueves, 30 de septiembre de 2010

La sanidad en Cuba... hace más de 80 años (IV)


"Por decreto presidencial de mayo de 1926, se creó la Supervisión de Drogas y Alimentos. Se hizo imprescindible dictar reglamentos, disposiciones y ordenanzas para cubrir las deficiencias legislativas sobre la materia, principalmente en lo referente a narcóticos.
"Se dictaron órdenes para el más estricto funcionamiento legal de las farmacias, y se redactó un nuevo reglamento de farmacias. Los productos medicinales que no se ajustaban a las exigencias científicas fueron rechazados.
"Como resultado de las inspecciones verificadas, puede deducirse que el 60 por ciento de las farmacias de la República son propiedad de individuos no farmaceúticos, estando a cargo de farmaceúticos asalariados. La nueva ley de farmacia llena las necesidades y evita las
deficiencias antiguas.
"Se ha unificado el servicio de inspecciones y todo lo concerniente a drogas heroicas, conociéndose así el consumo local, y controlándose la indicación terapeútica. Se ha logrado formar un censo de traficantes de drogas y narcóticos en toda la República.
"En la Estación Cuarentenaria de Mariel, se han adaptado varios edificios con el fin de alojar a los narcómanos y someterlos a tratamiento, recibiendo allí tratamiendo más de 100 enfermos.
"En lo concerniente a alimentos, han sido mayores las exigencias. Un decreto presidencial exige para las drogas y alimentos de cualquier clase cuyos patrones o normas de pureza no estuvieran señalados por las leyes de la República, el mismo patrón que rija para ellos en el país de origen.
"Otra medida importante fue la rotulación de los productos alimenticios. La clasificación de los productos alimenticios y la recogida de muestras para análisis son ordenadas periódica y simultáneamente a todas las jefaturas locales.
"El problema de la leche ha merecido especial consideración, y ha sido objeto de un nuevo reglamento. Antes de su confección, se convocó a todos los interesados al Primer Congreso Industrial de la Leche y Productos Derivados. Ya con anterioridad se había promulgado un decreto estimulando la pasteurización de la leche, disponiendo que en todo núcleo de población donde se establezca una planta pasteurizadora de capacidad bastante para abastecerlo a un precio equitativo, se prohibe el tráfico de toda otra leche que no sea pasteurizada o cruda garantizada.
"La nueva reglamentación no solamente comprende la leche, sino también los productos derivados: leches modificadas en polvo, condensadas, evaporadas, cremas, quesos y mantequilla.
"La reglamentación del resto de productos alimenticios está también muy adelantada, y todo ello constituirá el Reglamento de Bromatología.
"Hasta hace pocos meses, la inspección de carnes carecía de eficiencia, en gran parte por la carencia de veterinarios inspectores. Por un decreto presidencial, en 1928 se nombró a un capitán veterinario del ejército como supervisor de la inspección de carnes. Lo que requirió primero el aumento de seis plazas de veterinarios inspectores para la organización del servicio en los mataderos.
"El 22 de agosto de 1928 entró en vigor un reglamento de inspección de carnes, que consta de 266 artículos. Además, se mandaron a hacer las obras necesarias en los mataderos.
"Los efectos favorables del nuevo reglamento se empezaron a notar enseguida, aumentando la matanza de animales. Ya se ha establecido una compañía de exportación de carnes".
Tomado del Boletín de la Oficina Sanitaria Panamericana, publicado en octubre de 1929.

1 comentario:

  1. Sra. Tania, ya le ha aclarado Ud. al Sr. Pedro P. Arencibia que Fabio Grobart no estaba casado con una funcionaria del ministerio de educación?, y que Severo Aguirre no es el que él señala como tal en su foto?,Gracias.
    El nieto de uno de esos 2 a quién PPA no para de denostar y falsear sus historias

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